Avenimiento en Argentina en Argentina
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Definición de Avenimiento
Según el concepto de Avenimiento que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Avenimiento hace referencia a lo siguiente:
- Relaciones entre Empresas
- Empresa Industrial
- Tributación del Comerciante Individual
- Relaciones Jurídicas
- Transporte de Petróleo
- Futuro de la Extrema Derecha
- Guerra de Indochina
- Gestión Administrativa
- Historia de la Comisión Mercantil
- Sitios Web de Referencia en Economía
- Estrategias Funcionales
- Cláusulas Modelo de Arbitraje
Expresión (o término) generalmente sinónima de avenencia (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Avenimiento puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica), pero en algunas legislaciones se aplica más concretamente a la solución por acuerdo de las partes interesadas en un juicio de quiebra ya iniciado.(Véase asimismo CONCORDATO.)
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Avenimiento en el Derecho Argentino
Este término, en el contexto jurídico, proviene de “avenencia” que es convenio, unión, conformidad, acuerdo. propuesta sea formulada por la víctima; 2.) La realice en forma libre y 3.) Sea en condiciones de igualdad. En general, es un acuerdo, pacto o convenio entre las partes para resolver una disputa o conflicto jurídico o económico (en el matrimonio, de trabajo, etc).
En derecho procesal, es el acuerdo o pacto en juicio de divorcio, o en el caso del derecho concursal, entre el fallido y todos los acreedores que puede tener lugar en cualquier estado del procedimiento judicial, como dice la Ley Nacional 24 522, de Concursos y Quiebras, de Argentina, arts. 225-227, «después de la verificación de créditos, que tiene la virtualidad de provocar el sobreseimiento del procedimiento de quiebra.»
La diligencia de avenimiento, que existe en el derecho procesal de algunos países, es el acto en el procedimiento judicial (procesal) por el cual las partes presentes o vinculadas a un proceso judicial, acuerdan o convienen en terminar dicho proceso judicial estableciendo las condiciones que cada parte ha de cumplir.
Autor: ST
Y el desarrollo del tema?? Pagina en blanco
Gracias por el comentario. Intentamos ampliar la definición:
En general, es un acuerdo, pacto o convenio entre las partes para resolver una disputa o conflicto jurídico o económico (en el matrimonio, de trabajo, etc).
En derecho procesal, es el acuerdo o pacto en juicio de divorcio, o en el caso del derecho concursal, entre el fallido y todos los acreedores que puede tener lugar en cualquier estado del procedimiento judicial, como dice la Ley Nacional 24 522, de Concursos y Quiebras, de Argentina, arts. 225-227, «después de la verificación de créditos, que tiene la virtualidad de provocar el sobreseimiento del procedimiento de quiebra.»
La diligencia de avenimiento, que existe en el derecho procesal de algunos países, es el acto en el procedimiento judicial (procesal) por el cual las partes presentes o vinculadas a un proceso judicial, acuerdan o convienen en terminar dicho proceso judicial estableciendo las condiciones que cada parte ha de cumplir.