Avenimiento

Este texto se ocupa del Avenimiento en Argentina y su definición, como expresión (o término) generalmente sinónima de avenencia. Este término, en el contexto jurídico, proviene de “avenencia” que es convenio, unión, conformidad, acuerdo. propuesta sea formulada por la víctima; 2.) La realice en forma libre y 3.) Sea en condiciones de igualdad. En general, es un acuerdo, pacto o convenio entre las partes para resolver una disputa o conflicto jurídico o económico (en el matrimonio, de trabajo, etc). En derecho procesal, es el acuerdo o pacto en juicio de divorcio, o en el caso del derecho concursal, entre el fallido y todos los acreedores que puede tener lugar en cualquier estado del procedimiento judicial, como dice la Ley Nacional 24 522, de Concursos y Quiebras, de Argentina, arts. 225-227, «después de la verificación de créditos, que tiene la virtualidad de provocar el sobreseimiento del procedimiento de quiebra.» La diligencia de avenimiento, que existe en el derecho procesal de algunos países, es el acto en el procedimiento judicial (procesal), como se explica en este texto.