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Unilateral en Argentina en Argentina
Unilateral
Explicación y/o Definición de Unilateral que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: El acto jurídico que crea obligaciones para una sola de las partes; p. ej.: el testamento, la donación. Por oposición a bilaterales o sinalagmáticos (v. estas expresiones).(1)
Recursos
Notas y Referencias
- Voz de Unilateral en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976