Duración

Duración en Argentina en Argentina

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Definición de Duración

Según el concepto de Duración que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Duración hace referencia a lo siguiente:

Tiempo, lapso que corresponde a una acción o a alguna actividad.

Concepto Alternativo del Término

Permanencia, subsistencia.

Concepto Alternativo del Término

Resistencia, mantenimiento.

Concepto Alternativo del Término

Continuación, prosecución.

Concepto Alternativo del Término

Vida o existencia de personas, instituciones y cosas. La duración, fundamental en los plazos sobre todo por lo que atañe al Derecho, se analiza concretamente en cada una de las instituciones o relaciones en que influye; fundamentalmente, en la minoridad, en la prescripción, en las acciones, en los contratos y en esa duración que fluctúa constantemente y que es la edad (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Duración puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica). En apunte filosófico de R. B. Winn, la duración es tanto como determinada extensión de tiempo existente, más o menos larga, desde una fracción de segundo hasta innumerables eras. Recuerda que Bergson dio una interpretación peculiar de la duración, considerándola como «el tiempo percibido como algo indivisible», como presente que se está viviendo. En ese enfoque, la duración se convierte en la esencia misma del cambio creador o de la evolución creadora y aparece entonces como concepto contrario al de tiempo mensurable.

Duración en el Derecho Argentino

Visión General

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