Capital Social en Argentina en Argentina
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Definición de Capital social
Según el concepto de Capital social que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Capital social hace referencia a lo siguiente:
Expresión (o término) cuantitativa del total del valor nominal de las participaciones de los socios en una sociedad. Generalmente se exige que tales participaciones estén no solo autorizadas y emitidas, sino también suscriptas.
Capital Social
Explicación y/o Definición de Capital Social que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: Según la ley civil: la totalidad de las prestaciones de los socios que consisten en obligaciones de dar. (Art. 1649 C, Civ).(1)
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Concepto de Capital Social
Definición de capital social en el contexto del derecho administrativo público argentino: Frase. Nombre masculino. Bien público producido como subproducto de otras actividades sociales y basado en las redes horizontales de relación social fundadas en la transitividad de la confianza. (Putnam). (R6.1: 26). El capital social es, además, un bien público especial, en la medida en que no se consume, sino que se incrementa con su uso. (R6.1: 26). Capital Social en inglés: share capital. Capital Social en francés: capital social.[1]
Recursos
Notas y Referencias
- Información sobre capital social basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.
Recursos
Notas y Referencias
- Voz de Capital Social en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976