Agregación en Argentina
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Concepto de Agregación
Definición de agregación en el contexto del derecho administrativo público argentino: Fememino. Incorporación autorizada de un expediente o actuación a otro para formar parte del mismo, mediante constancia de ello en ambos cuerpos, con lo que el agregado pierde su individualidad. (R3.21: 92). En este caso, la providencia que disponga la agregación deberá mencionar el número de fojas que integran el expediente agregado, dejándose constancia en ambos cuerpos y en la parte correspondiente de la carpeta principal. (R3.21: 92). Agregación en inglés: incorporation. Agregación en francés: agrégat.[1]
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Notas y Referencias
- Información sobre agregación basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.