Refrendo

Refrendo en Argentina

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Concepto de Refrendo

Definición de refrendo en el contexto del derecho administrativo público argentino: Masculino. Refrendación: acción y efecto de refrendar, de legalizar un despacho o cédula, firmando después del superior, como el secretario con respecto al juez. (DJB).

Significado Alternativo de Refrendo

Por antonomasia, en el Derecho Político, el acto por el cual un ministro autoriza con su firma un decreto u otra disposición reglamentaria suscrita por el jefe del Estado, dándole así fuerza de obligar. (DJB). Al Jefe de Gabinete, que tiene responsabilidad política frente al Congreso de la Nación, le corresponde: ejercer la administración general del país, expedir los actos y reglamentos que sean necesarios y aquellos que le delegue el Presidente de la Nación, con el refrendo del ministro correspondiente. (Doc.62: 23). Refrendo en inglés: countersigning. Refrendo en francés: contreseing.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre refrendo basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.

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