Rango

Rango en Argentina en Argentina

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Definición de Rango

Según el concepto de Rango que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Rango hace referencia a lo siguiente:

Baralt clamaba contra este galicismo por clase, jerarquía o calidad de las personas, y por lugar, puesto o fila. Pero el tiempo lo ha vencido, porque el uso, por la ventaja de ahorrarse el adjetivo «preferente» que suele implicar la voz utilizada, ha justificado la admisión académica en todo lo combatido: índole, clase, categoría, calidad, pero con esa falta de «jerarquía» que constituye el matiz con que se emplea. Sólo como americanismo, se lo acepta como «situación social elevada». Faltaría agregar «encumbrada posición administrativa».

Rango en el Derecho Argentino

Visión General

Concepto de Rango

Definición de rango en el contexto del derecho administrativo público argentino: Masculino. Categoría de una persona con respecto a su situación profesional o social. (Según la definición sobre rango proporcionada por una de las ediciones del Diccionario de la Real Academia Española).

Significado Alternativo de Rango

Nivel o categoría. (Según la definición sobre rango proporcionada por una de las ediciones del Diccionario de la Real Academia Española). Concomitantemente, los funcionarios de mayor rango fueron frecuentemente sospechados de ineptitud, corrupción e impunidad. (R2.9: 54). Rango en inglés: rank. Rango en francés: rang, catégorie.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre rango basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.

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