Posesión de Estado en Argentina en Argentina
[aioseo_breadcrumbs]
Definición de Posesión de estado
Según el concepto de Posesión de estado que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Posesión de estado hace referencia a lo siguiente:
Según Lagomarsino, «el estado es la situación jurídica en que se encuentra una persona en relación con los restantes miembros de la comunidad. Ese estado puede ser político o civil, según el ámbito en que se pretenda desenvolver el concepto. Se podrá así poseer el estado de ciudadano, de nacional, de extranjero, de elector, situaciones todas que se desarrollan en el ámbito político, con lo cual el estado pertinente es el estado político de la persona. «Se puede también poseer un estado civil: ser capaz o incapaz; soltero, viudo o casado; padre, madre o hijo; acreedor o deudor, etc.» El propio autor advierte que tal definición es demasiado amplia, porque, en el lenguaje corriente, cuando se habla del estado civil se está haciendo referencia a una situación de una persona con relación a la institución matrimonial, en la quíntuple posibilidad de ser soltero, casado, viudo, divorciado o separado, y que en el lenguaje jurídico, la posesión de estado aparece restringida a la posesión de un estado de familia: es decir, padre, hijo, cónyuge, etc.
- Hoy, Aniversario de las Leyes Fundamentales Rusas
- Hoy es Día de la Tierra y Aniversario del Acuerdo de París
- Hoy Aniversario de la Revolución Texana
- Las Dudas sobre la Autoría de Shakespeare ya existían en Vida de Éste
- La "cuestión italiana", Turín y la diplomacia internacional
- Ética Moral y Agricultura
- La Pascua Judía y la Historia de los Hebreos
- Todo sobre Asiria y los Asirios
- Examinando la Educación Medieval y Renacentista
Otros Detalles
Tales situaciones, que afectan-sustancialmente a la condición civil de las personas, se prueban por diversos procedimientos, de los cuales uno de ellos, y el más eficaz, es el que resulte de la inscripción en los Registros Civiles, pero puede darse la circunstancia de que tales inscripciones no existan, caso en el cual la condición de las personas en los aspectos referidos tendrá que probarse mediante su realidad: por el uso habitual del apellido del progenitor de quien se pretende ser hijo; por el hecho de que el presunto progenitor haya tratado al demandante como su propio hijo, proveyendo a su alimentación, educación, o reconociéndolo públicamente como tal hijo. Esta enumeración no es limitativa, ya que lo mismo la doctrina que las legislaciones y la jurisprudencia suelen admitir otros medios probatorios. También las legislaciones aceptan, aun cuando el caso no sea frecuente, que la condición de cónyuge sea probada mediante laposesión de estado.
Desarrollo
Vélez Sarsfield afirmaba que la posesión de estado vale más que el título, porque la escritura pública, el asiento parroquial, la confesión judicial son cosas de un momento. un reconocimiento instantáneo, mientras que la posesión de estado es así, por su naturaleza, una prueba más perentoria que la escritura pública, que los actos auténticos, porque es la evidencia misma, la prueba viva y animada, la prueba que se ve, que se toca, que marcha, que habla: la prueba en carne y hueso.
Más sobre Posesión de estado
Con respecto al matrimonio, laposesión de estado puede no bastar para acreditarlo, pero puede ser una prueba complementaria; verbigracia, en el caso de que, existiendo el acta de la celebración del matrimonio, en ella no se hayan observado las formalidades prescritas por la ley. (Véase asimismo la entrada sobre ACCION DE ESTADO, ESTADO CIVIL.)
Posesión de Estado en el Derecho Argentino
Visión General
Posesión de Estado
Recursos
Véase También
- Posesión