Permuta en Argentina en Argentina
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Definición de Permuta
Según el concepto de Permuta que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Permuta hace referencia a lo siguiente:
Contrato, llamado también de permutación o de trueque, que tiene lugar cuando uno de los contratantes se obliga a transferir a otro la propiedad de una cosa, a cambio de que éste le dé la propiedad de otra. Claro es que la cosa dada en trueque o permuta nunca puede ser dinero, porque entonces se estaría frente a un Contrato o acuerdo de compraventa. La Academia define la permutación como la acción y efecto de permutar, de cambiar una cosa por otra sin que en el cambio entre dinero, a no ser el necesario para igualar el valor de las cosas cambiadas. Vésae el Diccionario Jurídico para conocer su sentido internacional.
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Permuta en el Derecho Argentino
Visión General
Permuta
Recursos
Véase También
- Permuta
- Contrato