Pacto Contra Ley en Argentina en Argentina
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Definición de Pacto contra ley
Según el concepto de Pacto contra ley que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Pacto contra ley hace referencia a lo siguiente:
El tecnicismo posee dos sentidos, uno absoluto y otro relativo, que diferencia con precisión el Diccionario de Derecho Usual. Cuando tal estipulación quebranta un precepto positivo de orden público, determina su nulidad absoluta, de no producirse antes de invocarla la purga de los defectos, mediante la prescripción, por ejemplo. Pero cabe que esa «antilegalidad» no pase de una disconformidad con la regulación que el legislador atribuya de no pactar en contra las partes. Tal, por ejemplo, el régimen legal de bienes en el matrimonio, allí donde se autoriza que lo modifiquen o descarten por completo los contrayentes.
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Pacto Contra Ley
Recursos
Véase También
- Pacto