Omisión en Argentina en Argentina
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Definición de Salvo error u omisión
Según el concepto de Salvo error u omisión que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Salvo error u omisión hace referencia a lo siguiente:
En esta forma completa o en la abreviatura des. e. u o., la locución constituye una reserva más o menos formulista en las cuentas o liquidaciones, intrascendente en verdad. De todas formas, parece revelar revisión en cuanto a la exactitud. De advertirse algún error u omisión, debe efectuarse la correspondiente salvedad (véase este último término en esta referencia legal), que no impide el agregado posterior de esta fórmula.
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Hoc Equidem Aequitas Suggeri, Etsi Jure Deficiamur
Explicación y/o Definición de Hoc Equidem Aequitas Suggeri, Etsi Jure Deficiamur que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: La equidad suple la omisión de la ley.(1)
Omisión en el Derecho Argentino
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Notas y Referencias
- Voz de Hoc Equidem Aequitas Suggeri, Etsi Jure Deficiamur en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976