Obligación Sinalagmática en Argentina en Argentina
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Definición de Obligación sinalagmática
Según el concepto de Obligación sinalagmática que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Obligación sinalagmática hace referencia a lo siguiente:
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Nombre impugnada por lo general para referirse a la obligación que, unilateral en un principio, puede convertirse por alguna circunstancia ulterior en bilateral (según la definición que proporciona el Diccionario de Derecho Usual). Tal sería la del mandatario que hubiera tenido que efectuar gastos por cuenta del mandante, con acción entonces para resarcirse, en caso de resistir el poderdante su obligación de reembolso. (Véase asimismo la entrada sobre CONTRATO SINALAGMáTICO)
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Obligación Sinalagmática
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