Obediencia

Obediencia en Argentina en Argentina

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Definición de Obediencia

Según el concepto de Obediencia que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Obediencia hace referencia a lo siguiente:

Ejecución de la voluntad de quien manda, siempre en la esfera de su competencia o jurisdicción.

Concepto Alternativo de Obediencia

Acatamiento.

Concepto Alternativo de Obediencia

Sometimiento, sumisión.

Concepto Alternativo de Obediencia

Cumplimiento de orden, ley u otro precepto imperativo, ya por la conciencia del deber o por la coacción moral que el castigo, ante la pasividad o rebeldía, origina (según la definición que proporciona el Diccionario de Derecho Usual).

Obedienta Non Praesumitur Consensu

Explicación y/o Definición de Obedienta Non Praesumitur Consensu que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: La obediencia no es presunción de consentimiento.(1)

Obediencia en el Derecho Argentino

Visión General

Obediencia

Recursos

Véase También

  • Obediencia

Recursos

Notas y Referencias

  1. Voz de Obedienta Non Praesumitur Consensu en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976

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