No Intervención

No Intervención en Argentina en Argentina

[aioseo_breadcrumbs]

Definición de No intervención

Según el concepto de No intervención que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, No intervención hace referencia a lo siguiente:

Abstención por parte de un Estado de injerirse en los asuntos de otro u otros. Representa este concepto el aspecto negativo de la intervención (véase este último término en esta referencia legal), que es el positivo.

Otros Detalles

La Carta de las Naciones Unidas acepta en principio esta actitud, por cuando establece que la Organización «no intervendrá en asuntos que esencialmente están dentro de la jurisdicción interna de cualquier Estado». Ahora bien, al servicio de un interés mejor, el de preservar la paz mundial, la O.N.U. puede intervenir en donde sea oportuno. Y así se concretó en la guerra de Corea y ante la anarquía desatada en el Congo al «emanciparse» de Bélgica; del mismo modo, para preservar ciertas treguas, como entre Egipto e Israel.

No Intervención en el Derecho Argentino

Visión General

Deja un comentario