Mensaje

Mensaje en Argentina en Argentina

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Definición de Mensaje

Según el concepto de Mensaje que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Mensaje hace referencia a lo siguiente:

Se denomina Mensaje, en Derecho Constitucional, el discurso que el titular del Poder Ejecutivo dirige al Congreso al empezar el período anual de sesiones ordinarias.

Concepto Alternativo de Mensaje

En sentido más amplio, la nota explicativa de un proyecto de ley redactado por el Poder Ejecutivo y enviado al Congreso para su examen y discusión.

Mensaje en el Derecho Argentino

Visión General

Concepto de Mensaje

Definición de mensaje en el contexto del derecho administrativo público argentino: Masculino. Comunicación oficial entre el poder legislativo y el ejecutivo, o entre dos asambleas legislativas. (Según la definición sobre mensaje proporcionada por una de las ediciones del Diccionario de la Real Academia Española).

Significado Alternativo de Mensaje

Nota que el Poder Ejecutivo Nacional remite al Honorable Congreso de la Nación, mediante la cual puede detallar los pormenores y fundamentos que inducen a proponer la sanción de un proyecto de ley, solicitar el acuerdo necesario para concretar la designación de determinados funcionarios, vetar total o parcialmente una ley ya sancionada, pedir la devolución de mensajes remitidos con anterioridad o realizar cualquier otro tipo de comunicación o requerimiento. (Dto2). Corresponde al Jefe de Gabinete de Ministros refrendar (…) los mensajes del presidente que promuevan la iniciativa legislativa. (Doc.40: 9). Mensaje en inglés: message. Mensaje en francés: message.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre mensaje basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.

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