Madrastra

Madrastra en Argentina en Argentina

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Definición de Madrastra

Según el concepto de Madrastra que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Madrastra hace referencia a lo siguiente:

«Mujer del padre respecto de los hijos llevados por éste al matrimonio» (descripción de Madrastra desarrollada por el penúltimo Diccionario de la Academia de la Lengua Española). En el Diccionario de Derecho Usual se formula una sutil objeción a ese concepto: cabe que la mujer haya sido antes concubina del luego marido suyo, y madre, antes y después, de los hijos llevados por el padre al matrimonio, al legalizar la situación. Por ello se propone decir que la madrastra es «la casada con quien ya tiene uno o más hijos de distinta mujer». Tal parentesco por afinidad constituye impedimento matrimonial y da origen a la reserva de bienes hereditarios. (Véase asimismo la entrada sobre HIJASTRO, RESERVA, SEGUNDASNUPCIAS.)

Madrastra en el Derecho Argentino

Visión General

Madrastra

Recursos

Véase También

  • Madre

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