Intimidación

Intimidación en Argentina en Argentina

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Definición de Intimidación

Según el concepto de Intimidación que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Intimidación hace referencia a lo siguiente:

Acción y efecto de intimidar, de causar o infundir miedo. El hecho de ejercer intimidación sobre una persona repercute en diversos aspectos del Derecho: en el orden civil, porque puede constituir una causa de anulabilidad de los actos jurídicos; en el penal, porque el hecho de intimidar mediante gritos de alarma, señales, ruidos estruendosos, amenazas de desastres, y provocar así el temor público con el objeto de lograr un fin determinado, configura delito. Lo es también el acto de intimidara un funcionario público para imponerle la ejecución o la omisión de una actuación propia de sus funciones.

Intimidación

Explicación y/o Definición de Intimidación que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: Los actos que inspiren al oyente, por injustas amenazas, un temor fundado de sufrir un mal inminente y grave en su persona, libertad, honra o bienes o de su cónyuge, descendientes o ascendientes, legítimos o ilegítimos. (Art. 937 C. Civil). para infundir un temor público o suscitar tumulto o desórdenes, hiciere señales, diere gritos de alarma, hiciere estallar bombas, o materias explosivas, las colocare con ese fin o amenazara con un desastre de peligro común. (Art. 211 C. P.)(1)

Intimidación en el Derecho Argentino

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Recursos

Notas y Referencias

  1. Voz de Intimidación en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976

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