Inhumación

Inhumación en Argentina en Argentina

[aioseo_breadcrumbs]

Definición de Inhumación

Según el concepto de Inhumación que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Inhumación hace referencia a lo siguiente:

Del lat. in (en) y humus (tierra). Acción y efecto de inhumar, de enterrar un cadáver. En consecuencia, cualquier otro destino que se dé a los cadáveres (bóveda, nicho o cremación) no entrará dentro del concepto estricto de inhumación.

Más sobre Inhumación

Jurídicamente, este vocablo no tiene otro interés que el derivado de la prohibición del enterramiento sin que se hayan cumplido determinados requisitos establecidos, ya sea por las autoridades sanitarias, ya por las municipales, tales como transcurso de determinado número de horas desde el fallecimiento hasta el sepelio, necesidad de un certificado médico de defunción y autorización que, con conocimiento de éste, expida el encargado del Registro Civil o del organismo oficial a quien corresponda esa función. Si el fallecimiento se hubiese ocasionado a consecuencia de un hecho cierto o presuntamente delictivo o de dudoso origen, se requiere orden judicial, expedida después de practicadas sobre el cadáver las diligencias oportunas, entre ellas la de autopsia (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Inhumación puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica). Toda inhumación realizada sin cumplir esos requisitos puede ser motivo de responsabilidad, incluso de orden penal, para quien la realice.

Inhumación en el Derecho Argentino

Visión General

Deja un comentario