Indivisión Forzosa

Indivisión Forzosa en Argentina en Argentina

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Definición de Indivisión forzosa

Según el concepto de Indivisión forzosa que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Indivisión forzosa hace referencia a lo siguiente:

Existe tal condominio (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Indivisión forzosa puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica) cuando recaiga sobre cosas afectadas como accesorios indispensables al uso común de dos o más heredades pertenecientes a diversos propietarios, sin que ninguno de los condueños pueda pedir la división (art. 2.710 del Cód. Civ. arg.). «Habrá también indivisiónforzosa, cuando la ley prohiba la división válida y temporal de los condóminos, o el acto de última voluntad también temporal que no exceda, en uno y otro caso, el término de 5 años, o cuando la división fuere nociva por cualquier motivo, en cuyo caso deberá ser demorada cuanto sea necesario para que no haya perjuicio a los condóminos» (art. 2.715). «El condominio de las paredes, muros, fosos y cercos que sirvan de separación entre dos heredades contiguas, es de indivisión forzosa» (art. 2.716).

Más sobre Indivisión forzosa

La naturaleza de la cosa común y el uso al cual ha sido afectada determinan el destino de lo indiviso. Cada uno de los copropietarios tiene derecho a usar de la totalidad de la cosa común y de cada una de sus partes, como si fuera cosa propia, con la condición de no desnaturalizarla, de no impedir el derecho igual de sus condueños.

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