Incobrable

Incobrable en Argentina en Argentina

[aioseo_breadcrumbs]

Definición de Incobrable

Según el concepto de Incobrable que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Incobrable hace referencia a lo siguiente:

De cobranza imposible, por , insolvencia total del deudor, existencia de crédito privilegiado que absorba el patrimonio del obligado, pérdida del documento crediticio, entre otros impedimentos.

Concepto Alternativo del Término

También se dice de los cobros dudosos, sobre todo por insolvencia o por la cuantía de los gastos previsibles para su reclamación, que lleva a desistir de la exigencia de la deuda.(Véase asimismo COBRABLE, CReDITO y DEUDOR INCOBRABLE.)

Deja un comentario