Hipoteca

Hipoteca en Argentina en Argentina

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Definición de Hipoteca

Según el concepto de Hipoteca que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Hipoteca hace referencia a lo siguiente:

Derecho real que se constituye sobre bienes inmuebles, para garantizar con ellos la efectividad de un crédito en dinero a favor de otra persona. Generalmente el inmueble gravado es propiedad del deudor, pero también una persona que no es la deudora puede constituir hipoteca sobre un inmueble suyo para responder de la deuda de otra persona. A efectos hipotecarios, los buques y las aeronaves son considerados como bienes inmuebles.

Más sobre Hipoteca

En cualquier supuesto, el bien hipotecado no sale del poder del propietario hasta el momento del vencimiento de la deuda (que puede no ser el de vencimiento de la hipoteca). Si el deudor no paga, el acreedor tiene el derecho de obtener el pago de su crédito sobre el inmueble hipotecado, mediante un procedimiento judicial ejecutivo. Con el importe de la venta del bien se cubren la deuda principal, los intereses y las costas; queda el remanente, si lo hubiere, a favor del propio deudor.

Más Detalles sobre Hipoteca

Si la deuda es pagada a su vencimiento, queda levantada la hipoteca; como también si, pendiente la deuda, transcurriese un determinado plazo (veinte años en la Argentina) desde la inscripción del gravamen en el-Registro correspondiente.

Desarrollo

Las hipotecas suelen ser de dos clases: la convencional y la legal. Pero esta segunda no es admitida en todas las legislaciones; como la argentina, cuando expresamente declara que no hay otra hipoteca que la convencional. En aquellos países en que es reconocida, como en la legislación española, la hipoteca legal se establece a favor de la mujer casada, sobre los bienes del marido, como garantía de los bienes dotales, parafernales o de otra índole que ella aporte al matrimonio; a favor de los parientes con derecho a la reserva de bienes, sobre los del obligado a reservarlos; a favor de los herederos del cónyuge premuerto, sobre los bienes del sobreviviente cuando éste contrajere nuevas nupcias, en los casos concretos que la propia ley determina; a favor de los menores e incapacitados, sobre los bienes de sus tutores o curadores; a favor del Estado, en los casos que la ley especifica, y a favor de los aseguradores, sobre los bienes asegurados, por los premios del seguro correspondientes a un determinado plazo.

Hipoteca en el Derecho Argentino

Visión General

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