Formas De Matrimonio

Formas De Matrimonio en Argentina en Argentina

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Definición de Formas de matrimonio

Según el concepto de Formas de matrimonio que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Formas de matrimonio hace referencia a lo siguiente:

Concepto demasiado amplio para poder concretarlo en una definición general, por cuanto las formas de matrimonio han sido cambiantes a través de los tiempos y según las costumbres de las diversas naciones. Así. en Roma se conocieron la confarreatio, la coemptio y el usus (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Formas de matrimonio puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica). En los tiempos actuales, el tema afecta a los criterios políticos y, dentro de ellos, a los aspectos religiosos en que se desenvuelven los diversos países. Cabe, sin embargo, señalar que en los Estados de inspiración cristiana se ha debatido y resuelto de diversa manera la validez del matrimonio contraído ante la Iglesia. Para algunos, como la Argentina, el matrimonio canónico no es válido ni produce efectos de ninguna clase, puesto que únicamente el matrimonio civil es admisible jurídicamente, sin perjuicio de que una vez celebrado éste puedan los contrayentes repetirlo conforme a las normas y preceptos de la religión que profesen. Para otros, el matrimonio religioso produce efectos civiles sin otro requisito que su inscripción en el registro correspondiente del Estado.

Formas de Matrimonio en el Derecho Argentino

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