Fondo De Comercio

Fondo De Comercio en Argentina en Argentina

[aioseo_breadcrumbs]

Definición de Fondo de comercio

Según el concepto de Fondo de comercio que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Fondo de comercio hace referencia a lo siguiente:

Entidad mercantil que reúne el domicilio y el patrimonio que el comerciante dedica a su actividad comercial; el patrimonio comprende tanto las cosas materiales (capital, instalaciones, etc.), como las inmateriales (clientela, marcas, llave, derecho al local, nombre, etc.). Se trata, pues, de una universalidad jurídico-económica, que puede ser enajenada; para esto, y a fin de asegurar la actividad mercantil, la ley exige formalidades especiales.

Fondo de Comercio en el Derecho Argentino

Visión General

Deja un comentario