Deserción

Deserción en Argentina en Argentina

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Definición de Deserción

Según el concepto de Deserción que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Deserción hace referencia a lo siguiente:

Abandono del estado de que goza la persona o del servicio que presta.

Concepto Alternativo del Término

En Derecho Procesal, llámase deserción, o abandono de la instancia, el hecho de que el vencido en juicio en primera instancia, una vez planteado el recurso de apelación, deja transcurrir voluntariamente los términos procesales sin presentar el memorial (recurso en relación) o el escrito de expresión de agravios (recurso concedido libremente).

Concepto Alternativo del Término

En el orden militar, la deserción es el delito que comete quien abandona ilegal y definitivamente el servicio que presta en el ejército.

Concepto Alternativo del Término

También, deserción es el abandono del buque por parte de algún miembro de su tripulación, sin ánimo de reintegrarse ala nave.

Concepto Alternativo del Término

Por último, en Derecho Canónico, configura deserción el abandono que hace el religioso o la religiosa de su convento, sin animo de volver, o el abandono que de su hábito hace el sacerdote ordenado.

Deserción en el Derecho Argentino

Visión General

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