Derogar en Argentina
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Concepto de Derogar
Definición de derogar en el contexto del derecho administrativo público argentino: Verbo Transitivo. Abolir, anular una norma establecida, como una ley o una costumbre. (Según la definición sobre derogar proporcionada por una de las ediciones del Diccionario de la Real Academia Española). Abolir una ley o modificarla parcialmente. (DEA). Literalmente, derogar significa dejar sin efecto o suprimir parcialmente una ley; pero comúnmente se usa como sinónimo de ‘abrogar’ o suprimir la ley en su totalidad. (DCJPS). Derogar en inglés: derogate. Derogar en francés: déroger.[1]
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Notas y Referencias
- Información sobre derogar basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.