Derecho de Representación

Derecho de Representación en Argentina en Argentina

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Definición de Derecho de representación

Según el concepto de Derecho de representación que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Derecho de representación hace referencia a lo siguiente:

Dícese de la persona que tienen los hijos de un grado ulterior para ser colocados en el grado que ocupaba su padre o madre en la familia del difunto, a fin de suceder juntos en su lugar en la misma parte de la herencia en la cual el padre o la madre habrían sucedido.

Más sobre Derecho de representación

El derecho de representación se da con respecto a todos los llamados ala sucesión intestada.

Derecho de Representación

Explicación y/o Definición de Derecho de Representación que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: Es aquel por cuya virtud los hijos de un grado ulterior son colocados con el grado que ocupaba su padre o su madre en la familia del difunto, a fin de suceder juntos en su lugar a la misma parte de la herencia a la cual el padre o la madre habría sucedido. (Art. 3549 C. Civ.)(1)

Derecho de Representación en el Derecho Argentino

Visión General

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Recursos

Notas y Referencias

  1. Voz de Derecho de Representación en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976

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