Depósito

Depósito en Argentina en Argentina

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Definición de Depósito

Según el concepto de Depósito que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Depósito hace referencia a lo siguiente:

Término ambiguo, que sirve para designar: 1″) el contrato en virtud del cual una persona (depositario) reciba de otra (depositante) una cosa, con la obligación de conservarla y restituirla; 2″) el acto mismo de la entrega de la cosa; 3″) el objeto que se entrega en depósito.

Más sobre Depósito

El contrato de depósito es real, pues se perfecciona mediante la entrega de la cosa; unilateral, en cuanto de él surgen obligaciones sólo para el depositario, salvo los casos excepcionales de depósito oneroso, que algunas legislaciones, como la argentina, no reconocen. Las fuentes del depósito pueden ser muchas: disposiciones de última voluntad, órdenes judiciales. (Véase asimismo DEPOSITO MERCANTIL, NECESARIO, REGULAR y VOLUNTARIO.)

Depósito en el Derecho Argentino

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