Delincuente en Argentina en Argentina
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Definición de Delincuente
Según el concepto de Delincuente que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Delincuente hace referencia a lo siguiente:
Sujeto que ha cometido un acto sancionado como delito por la ley penal. Visto por la escuela clásica del Derecho Penal como ser normal, capaz de adoptar libremente actitudes buenas o malas, merecedor por consiguiente de penas represivas, es estudiado más tarde por la escuela positiva o antropológica, como una especie determinada de hombre, con características anatómicas, fisiológicas y psicológicas propias, que determinan una tendencia innata a delinquir, lo que excluye la interpretación de su conducta como resultado del albedrío del sujeto. A partir de Lombroso, enunciador de la teoría del «tipo criminal», y de Ferri, clasificador de los delincuentes según las causas productoras de su conducta delictual (habituales, natos, ocasionales, etc.), la ciencia penal toma nuevos rumbos, especialmente en el importante problema de la prevención del delito.
Más sobre Delincuente
La clasificación de los delincuentes en los tipos precitados ha sido muy discutida entre los penalistas; en la realidad se encuentra superada, y son muchas las escuelas que al respecto se han ido formando. Por ello, y porque no son susceptibles de una definición concreta, sino que requerirían amplios desarrollos, no caben en una obra de la naturaleza de la presente. De ahí que se limite en otras locuciones a la definición de las que son de uso corriente.
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Definición de Muchedumbre delincuente
Según el concepto de Muchedumbre delincuente que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Muchedumbre delincuente hace referencia a lo siguiente:
Es más correcto hablar de los ilícitos penales cometidos por una muchedumbre que de muchedumbre delincuente, porque la muchedumbre es un conjunto ocasional y heterogéneo de individuos que se reúnen y dispersan al azar, aunque estén vinculados en un momento determinado por un fin u objetivo común. No se trata de una asociación ilícita ni de una banda organizada para delinquir, sino de una suma de individuos que en un momento dado y circunstancial pueden incurrir en Ilícito penal. Es difícil, en consecuencia, delimitar la responsabilidad individual de cada uno de los componentes, ya que ésta se diluye en una especie de «responsabilidad total». Los códigos que contemplan este tipo de ilícitos penales atenúan la penalidad aplicable a cada uno de los participantes, siempre que éstos no tengan antecedentes penales, por considerar que en su actitud han intervenido elementos complejos de imitación y sugestión, induciéndolos a obrar en una forma desusada dentro de su tónica individual. Este criterio atenuante no juega cuando la muchedumbre es homogénea y se ha reunido para cumplir un propósito previsto y penado por la ley, ya que se considera que quien participó en los actos delictivos cometidos por esa muchedumbre lo hizo con cierta premeditación.