Declaración Jurada

Declaración Jurada en Argentina en Argentina

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Definición de Declaración jurada

Según el concepto de Declaración jurada que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Declaración jurada hace referencia a lo siguiente:

La que los particulares hacen ante determinados organismos de la administración pública, generalmente a efectos tributarios o de manifestación de bienes.

Concepto Alternativo del Término

Dentro del Derecho Procesal, la que se presta bajo juramento de decir la verdad y afrontando la responsabilidad de su violación. Es frecuente en algunas legislaciones admitir en el declarante la opción entre jurar oprometer, por cuanto al juramento se le ha dado un sentido religioso, que no todos comparten. (Véase asimismo PERJURIO.) El juramento o la promesa es también exigido para la absolución de posiciones de las partes.

Declaración Jurada en el Derecho Argentino

Visión General

Concepto de Declaración Jurada

Definición de declaración jurada en el contexto del derecho administrativo público argentino: Frase. Nombre femenino. Declaración hecha bajo juramento, y generalmente por escrito, acerca de diversos puntos que han de surtir efectos ante las autoridades administrativas o judiciales. (DJB). El sistema permite la impresión de la declaración jurada que acompaña a los soportes que el responsable presenta. (w3). Declaración Jurada en inglés: statement. Declaración Jurada en francés: déposition, déclaration, assermentée.[1]

Recursos

Notas y Referencias

  1. Información sobre declaración jurada basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.

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