Declaración de Guerra

Declaración de Guerra en Argentina en Argentina

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Definición de Declaración de guerra

Según el concepto de Declaración de guerra que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Declaración de guerra hace referencia a lo siguiente:

Tradicionalmente, las guerras entre Estados no se iniciaban sin que uno de ellos formulase al otro un ultimátum (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Declaración de guerra puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica) que, de no ser atendido, daba lugar a una declaración formal de guerra. Esa costumbre fue recogida por el III Convenio de La Haya, del 18 de octubre de 1907, firmado por las grandes potencias de aquella época y por otros varios Estados europeos y americanos. En él se comprometían las partes a no iniciar las hostilidades «sin un aviso previo e inequívoco, bajo la forma de una declaración de guerra motivada o de un ultimátum con declaración de guerra condicional». Sólo después de cumplido ese trámite podía abrirse la contienda armada. Para la efectividad del convenio se estableció que la potencia signataria que recurriese a la guerra sin respetar dicha norma incurría en responsabilidad internacional; sanción o amenaza, por cierto, tan indeterminada e ineficaz como son todas las del Derecho Internacional.

Más sobre Declaración de guerra

No hay para qué añadir que tanto la tradición como el convenio han perdido todo su interés jurídico, porque no muchos años después Alemania desencadenaba la primera guerra mundial invadiendo territorios de otras naciones sin previo ultimátum ni declaración de guerra. Lo mismo sucedió en la segunda guerra mundial y en otras posteriores, pues, al parecer, el sistema ha hecho escuela. De todos modos, la fórmula de que una guerra se hace previa su declaración se mantiene en algunos textos constitucionales, como el argentino, que atribuye al presidente de la nación la facultad de declarar la guerra, con autorización y aprobación del Congreso.

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