Daño Indirecto en Argentina en Argentina
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Definición de Daño indirecto
Según el concepto de Daño indirecto que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Daño indirecto hace referencia a lo siguiente:
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Dícese de la persona que deriva de una acción u omisión, aun ajeno a la intención o previsión del responsable; por ejemplo, se incendia un edificio con el fin de destruir ciertos documentos, pero el fuego alcanza a inflamables o explosivos y causa víctimas. El problema jurídico del perjuicio indirecto se une indisolublemente al de la cadena de la causalidad o pluralidad de causas. (Véase asimismo DAÑO DIRECTO.)