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Culpa Objetiva en Argentina en Argentina
Culpa Objetiva y Subjetiva
Explicación y/o Definición de Culpa Objetiva y Subjetiva que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: Es objetiva la que se aprecia con relación a la diligencia que, término medio, pone el hombre en sus relaciones con sus semejantes. Subjetiva es la que se aprecia por comparacíón con la conducta del deudor en la dirección de sus propios negocios. (Capiant).(1)
Recursos
Notas y Referencias
- Voz de Culpa Objetiva y Subjetiva en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976