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Culpa Contractual en Argentina en Argentina
Definición de Culpa contractual
Según el concepto de Culpa contractual que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Culpa contractual hace referencia a lo siguiente:
Llámase así la que se deriva del incumplimiento de un contrato y que obliga al culpable al resarcimiento de daños y perjuicios. Se entiende que la causa del incumplimiento ha de ser atribuible a quien lo incumple, y no a causas fortuitas o de fuerza mayor. (Véase asimismo CULPA DELICTUAL.)
Culpa Contractual
Explicación y/o Definición de Culpa Contractual que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: La que deriva del incumplimiento de la obligación pactada. (v. Culpa).(1)
Culpa Contractual en el Derecho Argentino
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Notas y Referencias
- Voz de Culpa Contractual en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976