Coerción

Coerción en Argentina en Argentina

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Definición de Coerción

Según el concepto de Coerción que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Coerción hace referencia a lo siguiente:

Término forense que significa acción de coercer: contener, refrenar o sujetar. Aunque es frecuente equiparar los términos coerción y coacción, ofrecen matices diferenciales, porque esta segunda expresión tiene dos significados generales que repercuten en la interpretación jurídica. De un lado, fuerza o violencia que se hace a una persona para precisarla a que diga o ejecute alguna cosa, y en este sentido su empleo origina múltiples consecuencias de orden civil, ya que los actos ejecutados bajo coacción adolecerían del vicio de nulidad, y en el orden penal, porque daría lugar a diversos delitos, especialmente los atentatorios contra la libertad individual.

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De otra parte, según la definición de la Academia de la lengua, es el empleo habitual de fuerza legítima que acompaña al Derecho para hacer exigibles sus obligaciones y eficaces sus preceptos. Esta segunda acepción, que para algunos autores encaja mejor en la coerción que en la coacción, tiene importancia extraordinaria, porque afecta al debatido problema jurídico-filosófico de si la coercibilidad es, o no, requisito indispensable al Derecho, tema considerado ampliamente en la VOZ DERECHO (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Coerción puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica).

Coerción en el Derecho Argentino

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