Cláusulas en Argentina en Argentina
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Cláusula «a la Orden»
Explicación y/o Definición de Cláusula «a la Orden» que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: Cláusula que, necesariamente, debe contener las palabras «a la orden» para que una letra de cambio pueda transmitiese por la vía del endoso. En caso contrario sólo puede transmitirse según las disposiciones del Código Civil, para la cesión de crédítos no endosables. (Art. 600 C. de Com.).(1)
Cláusula «oro»
Explicación y/o Definición de Cláusula «oro» que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: La que obliga al deudor a pagar en moneda metálica oro (cláusula oro en sentido rigoroso) o a tener en cuenta la depreciación de la moneda de pago con respecto al oro (cláusula valor oro).(1)
Cláusula de «valor en Cuenta» y «valor Entendido»
Explicación y/o Definición de Cláusula de «valor en Cuenta» y «valor Entendido» que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: Las que, en las letras de cambio, hacen responsable al tomador de la letra del importe de ella en favor del librador, para compensarlo o exigirlo en la forma y tiempo que hayan convenido. (Art. 603 C. de Com.).(1)
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Recursos
Notas y Referencias
- Voz de Cláusula de «valor en Cuenta» y «valor Entendido» en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976
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Notas y Referencias
- Voz de Cláusula «oro» en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976
Cláusula de «valor en Cuenta» y «valor Entendido»
Explicación y/o Definición de Cláusula de «valor en Cuenta» y «valor Entendido» que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: Las que, en las letras de cambio, hacen responsable al tomador de la letra del importe de ella en favor del librador, para compensarlo o exigirlo en la forma y tiempo que hayan convenido. (Art. 603 C. de Com.).(1)
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Notas y Referencias
- Voz de Cláusula de «valor en Cuenta» y «valor Entendido» en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976
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Notas y Referencias
- Voz de Cláusula «a la Orden» en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976