Cheques Cruzados

Cheques Cruzados en Argentina en Argentina

[aioseo_breadcrumbs]

Cheques Cruzados

Explicación y/o Definición de Cheques Cruzados que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: Los que llevan líneas paralelas trazadas transversalmente a su texto con las palabras no negociables o para contabilidad. Es cruzado en general el que lleva las palabras no negociables, y en tal hipótesis, el banquero contra el cual haya sido girado podrá pagarlo a otro banquero. Es especialmente cruzado si lleva el nombre de un banquero seguido de las palabras no negociable; en este caso, el banquero contra el cual ha sido girado no podrá pagarlo sino al banquero nombrado o a otro banquero debidamente autorizado para el cobro. Los cheques librados para la verificación de operaciones de giro o de cuenta corriente en un mismo Banco, serán cruzados en general si llevan las palabras para contabilidad, en cuyo caso, el banquero no tendrá que hacer pagos en moneda. (Art. 8 1 9 y sigtes, C. de Com.).-(1)

Recursos

Notas y Referencias

  1. Voz de Cheques Cruzados en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976

Deja un comentario