Certificación de Dominio

Certificación de Dominio en Argentina en Argentina

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Definición de Certificación de dominio

Según el concepto de Certificación de dominio que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Certificación de dominio hace referencia a lo siguiente:

Documento (con efectos jurídicos) expedido por quien tiene autoridad para ello y con-los requisitos legales, y demostrativo del derecho de del Estado, las , los y corporaciones de Derecho Público o servicios administrativos, así como en cuanto a la Iglesia católica. También se aplica respecto de la de de Derecho Privado.

Más sobre Certificación de dominio

El Regl. Hipotecario esp. establece que para obtener la inscripción dominical, cuando no exista título inscribible, el jefe de la dependencia a cuyo cargo esté la administración o custodia de las fincas que hayan de inscribirse expedirá, por duplicado, certificación donde consten: 1″) La naturaleza, situación, medida superficial, linderos, denominación y número, en su caso, y cargas reales de la finca que se trate de inscribir. 2″) La naturaleza, valor, y cargas del derecho de que se trate. 3″) Cuando conste, el nombre de la persona o corporación de quien se haya adquirido el inmueble o derecho. 4º) El título de o el modo en que se haya adquirido. 5″) El servicio público u objeto a que esté destinada la finca (art. 303).

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