Bienes Hereditarios en Argentina en Argentina
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Definición de Bienes hereditarios
Según el concepto de Bienes hereditarios que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Bienes hereditarios hace referencia a lo siguiente:
Los que se transmiten por sucesión testada o intestada.
Concepto Alternativo del Término
Los adquiridos o adquiribles por herencia y la consiguiente aceptación expresa o tácita.
Más sobre Bienes hereditarios
La posesión de tales bienes se entiende transmitida al heredero sin interrupción y desde el momento de la muerte del causante, de adirse la herencia. Quien renuncia a la sucesión, se considera que nunca la ha poseído.
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La posesión hereditaria
La declaratoria de herederos tiene la función de otorgar un título que le permite al heredero invocar eficazmente su carácter de tal para realizar válidamente actos dependientes de la herencia o inscribir bienes registrables (art. 16 inc. b Ley 17.801).
La posesión hereditaria de pleno derecho se otorga a los ascendientes, descendientes y cónyuge (art. 3410), sin que sean necesarias la declaratoria de herederos ni la intervención judicial. Empero, en la práctica sí es exigida para la transmisión de bienes inmuebles o muebles registrables, como también en numerosos trámites judiciales, administrativos y previsionales.
Eduardo ZANNONI sostenía que, en la práctica, «la posesión judicial de la herencia también la requieren como títulos los descendientes y ascendientes legítimos y cónyuge supérstite. Reiteramos la causa: la publicidad de la transmisión hereditaria basada en el vínculo de parentesco no es suficiente para acreditar y hacer efecti va la adquisición a título singular, contenida, potencialmente, en la adquisición de la herencia» (en su obra «Derecho de las sucesiones», Buenos Aires, Astrea, 1974, vol. I, p. 130).