Ausencia con Presunción de Fallecimiento en Argentina en Argentina
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Definición de Ausencia con presunción de fallecimiento
Según el concepto de Ausencia con presunción de fallecimiento que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Ausencia con presunción de fallecimiento hace referencia a lo siguiente:
De acuerdo con las normas establecidas por las legislaciones, se presume que una persona ha fallecido cuando está ausente del lugar de su domicilio y no se tienen noticias de ella durante un número de años, que varía según los países, y que la Argentina ha fijado en tres. Y esa presunción es válida lo mismo si el ausente ha dejado apoderado como si no lo ha dejado. La presunción defallecimiento ha de ser declarada judicialmente, y, una vez formulada por sentencia firme, es lógico que sus consecuencias sean similares a las de un fallecimiento no presunto, sino cierto. Da lugar ala apertura de la sucesión y permite al cónyuge del ausente contraer nuevo matrimonio, que, en la Argentina, es válido aun cuando luego aparezca el presunto fallecido, el cual podrá reclamar sus bienes en el estado en que se encuentren.
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