Actuario

Actuario en Argentina en Argentina

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Definición de Actuario

Según el concepto de Actuario que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Actuario hace referencia a lo siguiente:

Llámase así el secretario o, en la terminología anterior, el escribano de juzgado o tribunal ante el que se tramita el procedimiento judicial y que en el ejercicio de su función da fe de lo actuado, requisito sin el cual las actuaciones (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Actuario puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica) carecen de eficacia legal. Sin embargo, algunas nuevas tendencias procesales han cambiado la posición meramente fedataria del secretario, atribuyéndole funciones propias dentro del proceso, las cuajes puede desarrollar por su cuenta, sin intervención ni firma del juez. Así, la firma de providencias simples que dispongan la agregación de ciertos documentos, la devolución de escritos que no se ajusten a los requisitos legales, la suscripción de certificados y testimonios, y algunas otras similares. Trátase no solo de elevar la misión secretarial, sino también de agilizar y dar mayor rapidez a la tramitación del proceso.

Actuario en el Derecho Argentino

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