A Término

A Término en Argentina en Argentina

[aioseo_breadcrumbs] A Término, a plazo [NIIF/UE] o de precio adelantado (en inglés, forward).

Según la definición ofrecida por Enrique Fowler Newton, en su “Diccionario de Contabilidad y Auditoría” (2a edición, Buenos Aires, La Ley, 2008), se trata de un derivado que:

  • obliga a las partes a realizar una compraventa en una fecha futura con el precio determinado en el momento del acuerdo;
  • ha sido diseñado teniendo en cuenta las conveniencias específicas del vendedor y del comprador, por lo que no tiene precio en un mercado activo.

A la fecha del vencimiento (o antes, si estuviera contractualmente permitido):

  • el vendedor debe entregar el subyacente y el comprador pagarlo al presente precio convenido en el contrato; o
  • si estuviere previsto, la parte perdedora debe entregar a la otra la diferencia entre el precio pactado del subyacente y el precio corriente del mismo a dicha fecha.

El acuerdo puede prever una cláusula “a voluntad”, que permita que una de las partes anticipe el vencimiento del contrato dando cierto preaviso a la otra.»

Deja un comentario