Conmutación

Conmutación en Argentina en Argentina

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Conmutación

Explicación y/o Definición de Conmutación que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: Cambiar una pena por otra más benigna. Así como la facultad de amnistiar pertenece al Congreso, la de indultar o conmutar las penas corresponde al Presidente de la Nación cuando el delito está sujeto a la federal (Art. 86 inc. 6° C. Nac.). Para los demás delitos, son reservadas a los gobernadores de provincia. (v. amnistia, indultos).(1)

Conmutación en el Derecho Argentino

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Notas y Referencias

  1. Voz de Conmutación en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976

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