Cosa Ajena en Argentina en Argentina
[aioseo_breadcrumbs]
Definición de Cosa ajena
Según el concepto de Cosa ajena que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Cosa ajena hace referencia a lo siguiente:
▷ De Nuestro Boletín
Últimos contenidos del boletín de ciencias sociales:
- Hoy, Aniversario de la Guerra entre Turquía y Rusia de 1877
- Hoy, Aniversario de las Leyes Fundamentales Rusas
- Hoy es Día de la Tierra y Aniversario del Acuerdo de París
- Hoy Aniversario de la Revolución Texana
- Las Dudas sobre la Autoría de Shakespeare ya existían en Vida de Éste
- La "cuestión italiana", Turín y la diplomacia internacional
- Ética Moral y Agricultura
- La Pascua Judía y la Historia de los Hebreos
- Todo sobre Asiria y los Asirios
▷ Novedades
La que pertenece a otro. Su adquisición sólo resulta legal de acuerdo con la voluntad del dueño o en la forma dispuesta en las leyes en casos de responsabilidad o de sucesión intestada. En otro caso, y siendo objeto mueble, se incurriría en robo (de emplear fuerza o violencia) o en hurto (si se obrase con habilidad o astucia), y en usurpación, si se tratara de inmuebles.