Reconvención en Argentina en Argentina
[aioseo_breadcrumbs] [aioseo_breadcrumbs]
Definición de Reconvención
Según el concepto de Reconvención que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Reconvención hace referencia a lo siguiente:
Locución equivalente a contrademanda. Es la pretensión que, al contestar la demanda, formula el demandado en contra del demandante. De este modo no se limita a oponerse a la acción iniciada por el actor, sino que a su vez se constituye en demandante (o, con mayor propiedad, en contrademandante), a efectos de que se fallen ambas pretensiones y, naturalmente, ambas oposiciones, en una misma sentencia.
- Hoy, efemérides de la recuperación francesa de Orleans, frente a los ingleses
- Hoy, efemérides de la Ejecución de Mussolini, intentando escapar de Italia
- Historia Completa de la Unión Francesa, en la efemérides de la Independencia de Togo
- Hoy, Efemérides de la Independencia de 2 países de África
- Hoy, Aniversario del Bombardeo de Guernica, en día de Mercado
- Hoy, Aniversario de la Primera Ejecución por Guillotina
- Hoy, Aniversario de la Guerra entre Turquía y Rusia de 1877
- Hoy, Aniversario de las Leyes Fundamentales Rusas
- Hoy es Día de la Tierra y Aniversario del Acuerdo de París
Otros Detalles
Además, el escrito en que se formula, que suele ser el mismo de la contestación de la demanda (véase este último término en esta referencia legal).
Concepto Alternativo de Reconvención
Reproche, censura, recriminación que puede constituir agravio o aplicación de pena moral, como la reprensión o el apercibimiento.