Obligación Facultativa en Argentina en Argentina
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Definición de Obligación facultativa
Según el concepto de Obligación facultativa que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Obligación facultativa hace referencia a lo siguiente:
La Obligación facultativa que no teniendo por objeto sino una sola prestación, permite al deudor sustituir esa prestación por otra, que ha de estar determinada también. Este vínculo obligacional se acerca bastante a la obligación alternativa (véase este último término en esta referencia legal). Ahora bien, lafacultativa se extingue con la pérdida o imposibilidad de la estipulada como característica; en cambio, en la alternativa han de perderse o tornarse imposibles todas las obligaciones prefijadas. En la duda se estima alternativa la obligación.
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Obligación Facultativa
Explicación y/o Definición de Obligación Facultativa que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: La que no teniendo por objeto sino una prestación determinada, autoriza, sin embargo, al deudor, para reemplazar la prestación debida, por otra. (Art. 643 y sigtes. C. Civ. y la nota de Vélez al art, 651 C. Civil).(1)
Obligación Facultativa
Recursos
Véase También
- Obligación
Recursos
Notas y Referencias
- Voz de Obligación Facultativa en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976