Fiador en Argentina en Argentina
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Definición de Fiador
Según el concepto de Fiador que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Fiador hace referencia a lo siguiente:
▷ Novedades
Sujeto o persona que asume frente al acreedor de un tercero la obligación de cumplir lo debido por el deudor cuando éste no lo haga. En consecuencia, los bienes del fiador responden o garantizan el cumplimiento del compromiso ajeno. (Véase asimismo FIANZA.)
▷ De Nuestro Boletín
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Deijussor et Ipre Obligatur et Heredum Obligatum Relinquit Quum Rei Locum Obtineat
Explicación y/o Definición de Deijussor et Ipre Obligatur et Heredum Obligatum Relinquit Quum Rei Locum Obtineat que ofrece el Diccionario Jurídico de Ramírez Gronda: El fiador se obliga y obliga a su heredero porque ocupa el lugar del deudor.-(1)
Fiador en el Derecho Argentino
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Notas y Referencias
- Voz de Deijussor et Ipre Obligatur et Heredum Obligatum Relinquit Quum Rei Locum Obtineat en Juan Ramírez Gronda, Diccionario jurídico, Claridad, Buenos Aires, 1976