Escritura Privada en Argentina en Argentina
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Definición de Escritura privada
Según el concepto de Escritura privada que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Escritura privada hace referencia a lo siguiente:
Técnicamente, el documento manuscrito o mecanografiado que, subscrito por las partes, hace constar un acto o contrato, carente en principio de eficacia frente a terceros, pero válido con respecto a los causahabientes de los firmantes. Si la escritura privada puede ser manual o no, la firma, expresión del consentimiento y prueba de la voluntad, tiene que ser necesariamente autógrafa, sin posibilidad de reemplazarla por signos ni por las iniciales de los nombres y apellidos. Sin embargo, en el caso de analfabetos o de impedidos de escribir, cabe la suplencia por la impresión digital o por la firma de varios testigos, con mención de tal obstáculo, en cuanto al interesado principal.
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