Arrogación en Argentina en Argentina
[aioseo_breadcrumbs]
Definición de Arrogación
Según el concepto de Arrogación que brinda el Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales de Manuel Ossorio, Arrogación hace referencia a lo siguiente:
De acuerdo con lo señalado por el Diccionario de la Academia, acción y efecto de arrogar o arrogarse. A su vez, arrogur es allí definido en dos sentidos: uno, el de atribuirse o apropiarse de cosas inmateriales, como jurisdicción, facultad, y otro, más estrictamente forense, el de adoptar o recibir como hijo al huérfano o al emancipado.
- Hoy, efemérides de algunos "primeros" casos
- AI Overviews: The end of advertising-driven publications?
- Los Ultimos Años de Luis XIV
- ¿Forman parte los presos americanos de una mano de obra oculta vinculada a cientos de marcas de alimentos populares?
- Efemérides de hoy: Mandato del Congreso americano para ir a la guerra contra México
- Hoy, efemérides del desbloqueo de Berlín por la Unión Soviética
- El Barrio en Democracia Participativa, Antropología y Sociología (2)
- Historia de los Derechos Económicos de las Mujeres en el Mundo Musulmán
- Anunciando la Guía Esencial de la Influencia de las Mujeres Bizantinas
Más sobre Arrogación
En el Derecho Romano se entendía por arrogación «el acto de prohijar, o recibir como propio, al hijo ajeno que no estaba bajo la patria potestad, por haber salido de ella o por no tener padre» (Cabanellas). Constituye, pues, una modalidad de la adopción (a los efectos de ofrecer un panorama completo sobre Arrogación puede resultar útil leer la entrada sobre el término precedente a esta nota en la presente referencia jurídica).