Concertación en Argentina
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Concepto de Concertación
Definición de concertación en el contexto del derecho administrativo público argentino: Fememino. Acción y efecto de concertar (pactar). (Según la definición sobre concertación proporcionada por una de las ediciones del Diccionario de la Real Academia Española). La concertación, en cambio, se diferencia de la consulta desde el momento en que las decisiones tomadas tienen en cuenta los puntos de vista expresados por los usuarios. (Doc.33: 19). Concertación en inglés: agreement. Concertación en francés: concertation.[1]
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Notas y Referencias
- Información sobre concertación basado en la obra de Postigo de Bedia, Ana María & Díaz de Martínez, Lucinda del Carmen. (2006). Diccionario de términos de la Administración Pública (Vol. 8). Buenos Aires, Argentina: Editorial Dunken.